Un juez, en el Reino Unido, ha fallado a favor de un empresario que exigió que se eliminara toda la información que contenía el buscador Google sobre un delito que cometió hace diez años. Google vuelve a tener que hacer frente al derecho al olvido, en el RGPD. Después de que la Corte de Justicia de la Unión Europea (TJCE) dictaminó en 2014 a favor del primer caso presentado por el español Mario Costeja González. Entonces, el gigante tecnológico estuvo obligado a eliminar toda la información de la persona que interfiriera de manera negativa en su imagen.
Ahora en este punto, el veredicto del viernes 13 de abril de 2018 puede ser un antes y un después para los casos de derecho al olvido en el nuevo RGPD. El juez Warby ha utilizado como argumentos el arrepentimiento del demandante de su delito y la poca gravedad del mismo.
Google, la compañía, afirma que ha eliminado alrededor de 800.000 páginas (una nimiedad, de los trillones de páginas que gestiona e indexa sin ningún otro control) Esta minucia que muestra información desfasada puede tener consecuencias para muchas personas en la actualidad.
Sin embargo, la empresa ha recibido más de dos millones de peticiones para que se elimine información y no todas tienen una resolución favorable. El derecho a la información se opone frente al derecho al olvido en el RGPD en uno de los casos más importantes desde que la Unión Europea emitiera jurisdicción al respecto.
El fallo del juez londinense a favor de un empresario después de que este interpusiera una demanda para que se eliminaran los datos sobre una condena penal que ya cumplió con seis meses de cárcel por su delito y reclamaba que los enlaces a periódicos locales y otros medios de comunicación que informaban del caso fueran eliminados.
El juez inglés se puso del lado del empresario porque su delito fue cometido hace más de diez años y este ha mostrado arrepentimiento.
El hecho de que no hay riesgo, según el juez, de que la persona vuelva a cometer el delito fue uno de los aspectos más relevantes para tomar la decisión.
Así como que “la información sobre el delito y el castigo se ha vuelto obsoleta, irrelevante y no tiene suficiente interés legítimo para los usuarios de la búsqueda de Google como para justificar su continua disponibilidad”.
El juez argumentó que el empresario se mostraba arrepentido. Este parece que es el punto de inflexión o uno de ellos. Pues, paralelamente a este caso, otro empresario presentó una demanda similar alegando su derecho al olvido pero, en este caso, el juez desestimó la petición porque el delito del segundo demandante está considerado más grave.
Además, Warby (el mismo juez) argumentó que la persona, que pasó cuatro años en la cárcel, no mostró remordimiento, o al menos no el suficiente para que su demanda fuera aprobada.
El juez subrayó la importancia de la demanda por derecho al olvido y afirmó que es bastante probable que se presenten más casos como este tras el éxito del empresario que ha ganado el juicio.
Google ante el derecho al olvido en el Nuevo RGPD, no se ha mostrado contento con el veredicto del juez y en un comunicado señaló que respetan la decisión de la justicia y que están trabajando para cumplir con el derecho al olvido, “pero tenemos mucho cuidado de no eliminar los resultados de búsqueda que son de interés público y defenderemos el derecho del público a acceder a la información legal”.
Por otro lado, el gigante tecnológico puso de relieve que el objetivo de la Unión Europea con el dictamen no es reescribir la historia y que a pesar de que alguien se haya rehabilitado, eso no significa que su condena ya no exista.
El problema radica en los estándares que se utilizarán para determinar qué es y qué no es un delito lo suficientemente grave como para que se reconozca al derecho al olvido. La sentencia emitida en la capital londinense puede ser el detonador para que otras personas presenten sus denuncias, pero también el inicio de la discusión sobre los parámetros que deben ser utilizados para evaluar estos casos.
CONSEJO: Algunas de las obligaciones que nacen con el RGPD son exigibles, legales y de buenas prácticas que deben estar vigentes; estas medidas a tomar para los Responsables del Fichero y del Tratamiento son garantía de quienes tratan los datos
EL RGPD reconoce y protege legalmente un derecho más amplio al olvido, que no se reduce solo a la información judicial.
Es válido para cualquier dato personal, no se limita a datos privados o confidenciales. Parece haberse establecido un régimen muy equilibrado en lo que se refiere al derecho al olvido en el RGPD.
Se basa en dos principios básicos: la obligación de borrar o hacer anónimos los datos personales una vez se ha logrado el objetivo del tratamiento y el derecho concedido al titular a oponerse justificadamente al tratamiento de sus datos: Finalidad de los datos. Asegurarse de que los datos sean adecuados y veraces, obtenidos lícita y legítimamente y tratados de modo proporcional a la finalidad para la que fueron recabados es una de las prácticas exigibles y que siempre gozará de buena salud.